Glosario del documento de control
Glosario del DeCA: cargador contractual, transportista efectivo, PDF nativo, URL única, cabotaje, título habilitante, eFTI, AdES, sustitución y más.
Actualizado el · Revisado por el equipo de DeCA Fast (Canigo Digital SLU) con el texto del BOE
La normativa del documento de control usa términos precisos que no siempre coinciden con el lenguaje del muelle. "Cargador" no es lo mismo que "cargador contractual"; "transportista" no es lo mismo que "transportista efectivo"; "PDF" no es lo mismo que "PDF nativo". Este glosario define cada término tal como lo usan la Orden FOM/2861/2012, la Resolución de 5 de junio de 2026, el ROTT y la LOTT, y enlaza a la página donde se explica a fondo.
Los términos van de lo general (qué es el documento, quién interviene) a lo técnico (formato, URL, modificación) y a lo periférico (otros documentos, siglas). Si echas en falta alguno, escríbenos y lo añadimos. Las definiciones son resúmenes divulgativos; el texto legal está en las fuentes oficiales.
- DeCA
- Documento electrónico de Control Administrativo. Versión digital, obligatoria desde el 5 de octubre de 2026, del documento de control del transporte público de mercancías por carretera regulado en la Orden FOM/2861/2012. Más sobre esto
- Documento de control administrativo
- Documento de naturaleza administrativa que debe llevarse a bordo del vehículo acompañando a la mercancía en el transporte público interior (art. 222 ROTT y Orden FOM/2861/2012). Sirve para que la inspección compruebe la legalidad del servicio. Más sobre esto
- Cargador contractual
- Persona física o jurídica que contrata directamente con el transportista efectivo el transporte del envío: el cargador efectivo u otro transportista, cooperativa, agencia, transitario, almacenista-distribuidor u operador logístico (art. 4 b Orden FOM/2861/2012). Más sobre esto
- Transportista efectivo
- Titular de la autorización de transporte con la que se realiza materialmente el transporte (art. 4 a). Es quien aporta vehículo y conductor y responde de matrículas, fecha y autorización especial. Más sobre esto
- Cargador efectivo
- Quien entrega materialmente la mercancía. Solo aparece en el DeCA si además es el cargador contractual, es decir, si contrata directamente con el transportista efectivo. Más sobre esto
- Transporte público de mercancías
- El que se realiza por cuenta ajena mediante retribución económica, amparado por una autorización de transporte. Es el ámbito del documento de control. Más sobre esto
- Transporte privado complementario
- El que una empresa hace de su propia mercancía con sus propios vehículos como complemento de su actividad principal. No requiere autorización de transporte público y queda fuera del DeCA (art. 2.1 a). Más sobre esto
- Título habilitante
- Autorización administrativa exigida para realizar transporte público. Los transportes que no la necesitan están exentos del documento de control. Más sobre esto
- Transporte interior
- El que tiene origen y destino en territorio español, discurriendo como regla general íntegramente dentro de él (art. 65 LOTT). Es el ámbito del DeCA. Más sobre esto
- Cabotaje
- Transporte interior realizado por un transportista de otro Estado. Está incluido en la obligación del documento de control según la Resolución de 5 de junio de 2026. Más sobre esto
- CMR / eCMR
- Carta de porte del transporte internacional según el Convenio CMR; eCMR es su versión electrónica. No es obligatorio en España y no sustituye al DeCA en el transporte interior salvo que contenga todos los datos del art. 6. Más sobre esto
- Carta de porte
- Documento contractual del transporte regulado en la Ley 15/2009. Puede servir como documento de control si contiene todos los datos del artículo 6 y cumple los requisitos técnicos (art. 2.2 Orden). Más sobre esto
- Albarán
- Documento comercial de entrega emitido por el cargador. No es un documento de control, pero contiene la mayoría de los datos del envío y sirve como fuente para generar el DeCA. Más sobre esto
- Envío
- Unidad de transporte a la que corresponde un documento de control. En el transporte continuado hay tantos documentos como envíos (art. 3.2). Varios envíos pueden agruparse en un DeCA si coinciden cargador contractual y transportista efectivo. Más sobre esto
- PDF nativo digital
- Fichero PDF generado transformando datos estructurados en signos legibles, no obtenido por escaneo ni desde imágenes. Es el único formato válido del DeCA (apartado segundo.2 Resolución 2026). Más sobre esto
- URL única del DeCA
- Dirección web HTTPS (TLS 1.2+) específica de cada documento, cuya invocación produce la descarga directa del PDF sin credenciales ni interacción manual. Va codificada en el QR. Más sobre esto
- Código QR
- Código bidimensional incrustado en el PDF que contiene la URL única del DeCA. Es lo que el conductor muestra en un control y lo que el agente escanea para descargar el documento. Más sobre esto
- Repositorio
- Almacén donde se guardan los ficheros del DeCA garantizando su descarga durante las inspecciones. Su dominio puede ser cualquiera y no requiere comunicación previa al Ministerio. Más sobre esto
- Metadatos del PDF
- Datos internos del fichero. La Resolución exige que la fecha y hora de creación y de modificación figuren como metadatos del PDF para probar que se generó antes del inicio del servicio. Más sobre esto
- Inicio efectivo del servicio
- Momento en que el vehículo empieza el transporte. El DeCA debe estar generado y la copia entregada al conductor antes de ese momento. Más sobre esto
- Copia al conductor
- Copia del DeCA, electrónica en el móvil o impresa, siempre con el QR, que el conductor debe llevar a bordo (apartado séptimo). Las anotaciones manuscritas en la copia impresa no se tienen en cuenta. Más sobre esto
- Sustitución (nuevo fichero)
- Vía de modificación del apartado quinto.2: se genera un PDF nuevo con todos los datos, nueva URL y nuevo QR, y se conserva el original para trazabilidad. Es la que usa DeCA Fast. Más sobre esto
- Modificación del fichero existente
- Vía del apartado quinto.1: se añaden los datos nuevos y el motivo al mismo PDF, marcando los antiguos como no válidos. La URL y el QR no cambian. Más sobre esto
- Conservación
- Obligación de cargador contractual y transportista efectivo de guardar el DeCA al menos un año a disposición de la inspección (art. 9 Orden y apartado segundo.4 Resolución). Más sobre esto
- Autorización especial de circulación
- Permiso de tráfico para vehículos o cargas que exceden masas o dimensiones. Si el vehículo circula amparado por una, hay que identificarla en el DeCA (art. 6 e). Más sobre esto
- Firma electrónica avanzada (AdES)
- Firma del Reglamento eIDAS vinculada de forma única al firmante. Solo se exige, como mínimo, cuando el DeCA se usa además con finalidad contractual y se firma. No es requisito del documento de control. Más sobre esto
- Firma electrónica cualificada (QES)
- Firma avanzada creada con un dispositivo cualificado y certificado cualificado. También válida si se firma el DeCA con finalidad contractual. Más sobre esto
- eFTI
- Reglamento (UE) 2020/1056 sobre información electrónica del transporte de mercancías. Si los datos del art. 6 se gestionan con su esquema, no hace falta presentar el DeCA en la forma de la Resolución (apartado noveno). Más sobre esto
- LOTT
- Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres. Su art. 141.17 tipifica como infracción grave la carencia o falta de datos de la documentación de control; el art. 143.1 fija la multa de 401 a 600 €. Más sobre esto
- ROTT
- Reglamento de la LOTT (Real Decreto 1211/1990). Su art. 222 obliga a llevar a bordo los documentos de control y habilita su formato electrónico. Más sobre esto
- Hoja de ruta
- Documento de control del transporte público de viajeros (Orden FOM/1230/2013). También pasa a ser digital el 5 de octubre de 2026 y comparte requisitos técnicos con el DeCA, pero no es objeto de esta guía.
- Aplicación de remisión de documentos de control
- Herramienta del Ministerio para enviar a un agente, durante una inspección, documentos que ya existen. No genera el DeCA. Más sobre esto
Fuentes oficiales
Este contenido resume la normativa y no sustituye al texto oficial. Ante cualquier duda, manda el BOE.
- Orden FOM/2861/2012 · BOE-A-2013-154
Regula el documento de control: exenciones (art. 2), obligados (art. 4), formato libre (art. 5), datos (art. 6), responsabilidad (art. 7), ejemplares (art. 8) y conservación (art. 9).
- Resolución de 5 de junio de 2026 · BOE-A-2026-12784
Fija los requisitos técnicos del DeCA: PDF nativo de hasta 5 MB, QR con URL HTTPS de descarga directa, registro de fecha y hora, conservación de un año, modificación, agrupación de envíos, copia al conductor. Sustituye a la Resolución de 22 de mayo de 2023.
- ROTT, art. 222 · BOE-A-1990-24442
Obliga a llevar a bordo los documentos de control administrativo y permite que sean electrónicos con las características que fije la Dirección General.
- LOTT, arts. 141 y 143 · BOE-A-1987-17803
Tipifica como infracción grave la carencia, falta de diligenciado o falta de datos esenciales de la documentación de control (art. 141.17) y fija la multa de 401 a 600 euros (art. 143.1).
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