Agrupar envíos en un DeCA
Un solo DeCA para varios envíos: la Resolución de 2026 lo permite si coinciden cargador contractual y transportista efectivo. Qué datos van por envío.
Actualizado el · Revisado por el equipo de DeCA Fast (Canigo Digital SLU) con el texto del BOE
La regla general: un documento por envío
La Orden FOM/2861/2012 obliga a formalizar el documento de control "en relación con cada envío" (artículo 1), y su artículo 3.2 añade que en los contratos de transporte continuado "existirán tantos documentos de control como envíos se realicen". Un envío es lo que se transporta para un cargador de un origen a un destino bajo un contrato. Dos clientes, dos envíos, dos documentos.
Esta regla tenía un coste evidente en el reparto y la distribución: una ruta con veinte entregas para el mismo cliente eran veinte documentos. La Resolución de 5 de junio de 2026 introduce la agrupación.
Qué permite la Resolución
Es posible consignar varios servicios en un mismo documento electrónico de control administrativo (DeCA), siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- En el transporte público de mercancías, cuando el cargador contractual y el transportista efectivo sean los mismos en todos los envíos. En este caso, se identificarán claramente los datos correspondientes a cada envío individual de acuerdo con lo previsto en los apartados c) y d) del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, es decir, el lugar de origen y destino del envío objeto del transporte y la naturaleza y peso de la mercancía transportada.
Asimismo, si otros datos asociados a cada envío son diferentes, también se indicarán de forma clara en cada envío. La secuencia de envíos mostrada en el DeCA no supondrá ningún orden de ejecución de los envíos.
En tres condiciones:
- Mismo cargador contractual en todos los envíos.
- Mismo transportista efectivo en todos los envíos.
- Por cada envío, identificados claramente: origen, destino, naturaleza y peso. Y cualquier otro dato que difiera (por ejemplo, la fecha si el reparto abarca dos días).
Si se cumplen, los envíos pueden ir en un solo PDF con un solo QR. El orden en que aparecen no obliga a entregar en ese orden.
Cuándo se puede agrupar y cuándo no
| Caso | ¿Un solo DeCA? | Por qué |
|---|---|---|
| Un fabricante te contrata una ruta con 15 entregas a sus clientes | Sí | Un cargador contractual (el fabricante), un transportista efectivo (tú). Los destinatarios no son cargadores. |
| Una agencia te contrata 6 recogidas en 6 proveedores distintos para llevarlas a su nave | Sí | El cargador contractual es la agencia en los seis envíos, aunque los orígenes cambien. |
| Recoges mercancía de 4 empresas distintas que te han contratado cada una por su cuenta | No | Cuatro cargadores contractuales. Cuatro DeCA. |
| Un operador logístico te subcontrata, pero en un punto cargas también para otro cliente tuyo directo | No para ese envío | Distinto cargador contractual: DeCA aparte. El resto puede agruparse. |
| Misma ruta, dos camiones de tu empresa | Un DeCA por camión | El vehículo (matrículas) es dato del DeCA; si difiere, separar es lo claro. La Resolución solo prevé indicar los datos que difieren por envío, y el vehículo no es un dato "del envío". |
| Ruta de dos días para el mismo cargador | Sí, indicando la fecha de cada envío | La fecha difiere por envío, y hay que indicarla en cada uno. |
Cómo se ve un DeCA agrupado
La cabecera es común: cargador contractual (nombre, NIF, domicilio), transportista efectivo (nombre, NIF), fecha, matrículas del vehículo y del remolque, autorización especial si la hay. Debajo, una tabla con una fila por envío:
| # | Origen | Destino | Mercancía | Peso |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Almacén central, Polígono Ejemplo, Girona | Supermercado Ejemplo, Figueres | Producto refrigerado | 640 kg |
| 2 | Almacén central, Polígono Ejemplo, Girona | Supermercado Ejemplo, Roses | Producto refrigerado | 380 kg |
| 3 | Almacén central, Polígono Ejemplo, Girona | Restaurante Ejemplo, Cadaqués | Producto refrigerado | 120 kg |
Sigue siendo un PDF nativo de menos de 5 MB, con su URL única y su QR. La Resolución no limita el número de envíos.
Qué pasa si cambia algo en ruta
Un DeCA agrupado se modifica igual que uno simple, por una de las dos vías del apartado quinto (modificar el DeCA):
- Se añade una entrega del mismo cargador: se modifica el PDF o se genera uno nuevo con el envío añadido.
- Se cae una entrega: no es obligatorio modificar; el envío no realizado simplemente no se produce. Conviene reflejarlo si el peso total importa para el control.
- Cambia el camión: afecta a todo el documento; modificación obligatoria por el artículo 6 g).
- Surge una carga de otro cargador: DeCA nuevo, aparte.
Agrupar no es lo mismo que "grupaje"
Conviene no confundir:
- Agrupar envíos en un DeCA (apartado sexto) es una facilidad documental: varios envíos, un documento, si coinciden cargador y transportista.
- Grupaje o carga fraccionada es un tipo de operación: mercancía de varios clientes que viaja junta en un camión. En grupaje suele haber varios cargadores contractuales (o un operador que los agrupa y actúa él como cargador contractual único). Si el operador es el cargador contractual de todo, se puede agrupar; si cada cliente contrata directamente al transportista, no. Detalle en grupaje y carga fraccionada.
Qué necesitas de tu herramienta
- Poder añadir varios envíos bajo una misma cabecera antes de emitir.
- Que valide que cargador y transportista son los mismos en todos.
- Que muestre origen, destino, mercancía y peso por envío, y cualquier otro dato que difiera.
- Que permita modificar el agrupado en ruta por la vía correcta.
Fuentes oficiales
Este contenido resume la normativa y no sustituye al texto oficial. Ante cualquier duda, manda el BOE.
- Resolución de 5 de junio de 2026 · BOE-A-2026-12784
Fija los requisitos técnicos del DeCA: PDF nativo de hasta 5 MB, QR con URL HTTPS de descarga directa, registro de fecha y hora, conservación de un año, modificación, agrupación de envíos, copia al conductor. Sustituye a la Resolución de 22 de mayo de 2023.
- Orden FOM/2861/2012 · BOE-A-2013-154
Regula el documento de control: exenciones (art. 2), obligados (art. 4), formato libre (art. 5), datos (art. 6), responsabilidad (art. 7), ejemplares (art. 8) y conservación (art. 9).
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