Todas las preguntas sobre el DeCA
Más de 30 preguntas frecuentes sobre el DeCA por tema: obligación, datos, requisitos técnicos, inspección, sanciones, casos especiales y herramientas.
Actualizado el · Revisado por el equipo de DeCA Fast (Canigo Digital SLU) con el texto del BOE
Aquí están reunidas las preguntas que nos hacen transportistas, gestorías y cargadores sobre el DeCA, con respuestas cortas y la referencia a la norma. Están agrupadas en ocho bloques: obligación y fecha, quién está obligado, datos del documento, requisitos técnicos, inspección y conductor, modificación, agrupación y conservación, sanciones y herramientas. Cada bloque enlaza a la página de la guía que lo trata en profundidad.
Todas las respuestas se apoyan en la Orden FOM/2861/2012, la Orden TRM/282/2026, la Resolución de 5 de junio de 2026, la Ley 9/2025, la LOTT y la página oficial del Ministerio. Cuando una pregunta no tiene respuesta en la norma, lo decimos. Si no encuentras la tuya, escríbenos: la contestamos y, si es de interés general, la añadimos.
Obligación y fecha
- ¿Qué es el DeCA?
- El Documento electrónico de Control Administrativo: la versión digital del documento de control de la Orden FOM/2861/2012 que acredita ante la inspección un transporte público de mercancías por carretera.
- ¿Desde cuándo es obligatorio en electrónico?
- Desde el 5 de octubre de 2026, por la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible.
- ¿Habrá periodo de gracia después del 5 de octubre?
- El Ministerio ha indicado en su página oficial que no hay prevista una fase adicional sin sanción. A partir de esa fecha el papel no vale en el transporte interior.
- ¿Es nuevo el documento de control?
- No. Existe desde 2013 en papel. Lo que cambia en 2026 es el soporte: pasa a ser obligatoriamente electrónico con los requisitos de la Resolución de 5 de junio de 2026.
- ¿Afecta al transporte de viajeros?
- La hoja de ruta de viajeros también pasa a ser digital el mismo día, pero es otro documento (Orden FOM/1230/2013). Esta guía trata el de mercancías.
Quién está obligado
- ¿Quién tiene que emitir el DeCA?
- El cargador contractual y el transportista efectivo están obligados a formalizarlo (art. 4). Puede emitirlo cualquiera de los dos; ambos responden si no existe.
- ¿Un autónomo con un solo camión está obligado?
- Sí, si hace transporte público con autorización. El tamaño no importa.
- ¿Qué transportes están exentos?
- Los que no requieren autorización (como el privado complementario), las mudanzas, los vehículos averiados en vehículos especiales y la paquetería de pocos bultos manipulables por una persona (art. 2.1).
- ¿El transporte internacional lleva DeCA?
- No. Usa los documentos de control de los convenios internacionales, como el CMR. El cabotaje dentro de España sí lleva DeCA.
- ¿El grupaje está exento?
- No. No aparece en el artículo 2. La exención de paquetería solo cubre pocos bultos que una persona manipule sin ayuda de maquinaria.
- Si me subcontrata una agencia, ¿quién es el cargador contractual?
- La agencia, porque es quien contrata directamente contigo (art. 4 b). El cargador original no es dato obligatorio del DeCA.
Datos del documento
- ¿Qué datos lleva el DeCA?
- Nombre, NIF y domicilio del cargador contractual; nombre y NIF del transportista efectivo; origen y destino; naturaleza y peso; autorización especial si procede; fecha; matrícula del vehículo y del remolque; observaciones opcionales (art. 6).
- ¿Hay que poner el precio, el destinatario o el conductor?
- No. No son datos del artículo 6. El conductor solo se identifica en la hoja de ruta de viajeros.
- ¿Y si no sé el peso exacto?
- El artículo 6 d) permite usar otra magnitud para determinarlo cuando el peso exacto es difícil de conocer al cargar.
- ¿Quién responde si un dato está mal?
- El cargador contractual de los datos a) a d) y el transportista efectivo de los e) a g), según el artículo 7 en la redacción de la Orden TRM/282/2026.
- ¿Existe un modelo oficial?
- No. El documento es de libre edición, formato y denominación (art. 5).
Requisitos técnicos
- ¿Qué formato tiene que tener?
- PDF nativo digital de hasta 5 MB, con fecha y hora de creación y modificación en los metadatos y un QR incrustado con la URL única del documento.
- ¿Vale un PDF escaneado o una foto?
- No. La Resolución excluye expresamente los ficheros obtenidos por escaneo o desde imágenes.
- ¿Cómo tiene que ser la URL?
- HTTPS con TLS 1.2 o superior, única por documento, y su invocación debe descargar el PDF directamente sin credenciales ni botones. No puede caducar antes de acabar el servicio.
- ¿Hay que homologar el software o comunicar el dominio?
- No. No existe homologación ni registro. El dominio del repositorio puede ser cualquiera.
- ¿Hay que firmar el DeCA?
- No. La firma no es requisito de validez. Solo si se usa también con finalidad contractual y se firma, se exige firma avanzada (AdES) o cualificada.
Inspección y conductor
- ¿Qué enseña el conductor en un control?
- El DeCA con el QR en el móvil o impreso, o solo el QR. El agente lo escanea y descarga el PDF.
- ¿Puede el conductor corregir a mano una copia impresa?
- No. Las anotaciones manuscritas no se tienen en cuenta. Los cambios se hacen en la aplicación.
- ¿Y si no hay cobertura?
- El conductor muestra el PDF descargado o la copia impresa, que llevan el QR. El agente descarga el documento con su dispositivo desde la URL.
- ¿Cuándo debe tener el conductor la copia?
- Antes del inicio efectivo del servicio (apartado séptimo de la Resolución).
Modificación, agrupación y conservación
- ¿Se puede modificar un DeCA emitido?
- Sí, por dos vías: anotar en el mismo PDF los datos nuevos y el motivo (misma URL y QR) o generar un PDF nuevo con nueva URL y QR conservando el original. En ambos casos hay que hacérselo llegar al conductor.
- ¿Qué pasa si cambio de camión en ruta?
- Hay que hacer constar el cambio en la documentación de control (art. 6 g). Se genera el DeCA modificado o uno nuevo con la nueva matrícula.
- ¿Puedo poner varios envíos en un DeCA?
- Sí, si todos tienen el mismo cargador contractual y transportista efectivo, identificando origen, destino, naturaleza y peso de cada envío.
- ¿Cuánto tiempo hay que conservar el DeCA?
- Al menos un año, tanto el cargador contractual como el transportista efectivo. Si lo generó uno, basta con que el otro pueda descargarlo.
- ¿La URL tiene que funcionar todo el año?
- La descarga debe estar disponible durante el servicio y puede desactivarse a los siete días naturales de finalizarlo; la conservación del fichero es aparte.
Ver la página completa sobre modificación, agrupación y conservación
Sanciones
- ¿Cuánto es la multa por no llevar el DeCA?
- De 401 a 600 euros por infracción grave del artículo 141.17 de la LOTT (art. 143.1).
- ¿A quién se sanciona?
- A las empresas obligadas: cargador contractual y transportista efectivo. El cargador queda exento si prueba que emitió el documento (art. 7.1).
- ¿Presentar un albarán en papel evita la multa?
- No. Desde el 5 de octubre de 2026 el documento de control debe ser electrónico. Un albarán en papel no es un DeCA.
Herramientas
- ¿Hay una app gratuita del Ministerio para hacer el DeCA?
- No. La aplicación de remisión del Ministerio sirve para enviar documentos a un agente en una inspección, no para generarlos.
- ¿Puedo hacer el DeCA con una foto del albarán?
- La foto no es el DeCA, pero sí sirve como entrada de datos: DeCA Fast la lee, completa transportista y matrículas desde el perfil y emite el PDF nativo con QR.
- ¿Cómo compruebo si un PDF cumple?
- Verifica que tiene texto seleccionable, pesa menos de 5 MB, lleva QR y su URL descarga el PDF por HTTPS sin login. Nuestro validador te ayuda con la comprobación.
- ¿Cuánto cuesta un DeCA?
- En los proveedores que publican precios, entre unos 0,10 y 0,50 € por documento según el volumen. DeCA Fast cuesta desde 39 €/mes con 200 DeCA con foto y manuales ilimitados.
Fuentes oficiales
Este contenido resume la normativa y no sustituye al texto oficial. Ante cualquier duda, manda el BOE.
- Orden FOM/2861/2012 · BOE-A-2013-154
Regula el documento de control: exenciones (art. 2), obligados (art. 4), formato libre (art. 5), datos (art. 6), responsabilidad (art. 7), ejemplares (art. 8) y conservación (art. 9).
- Orden TRM/282/2026 · BOE-A-2026-7128
Modifica el art. 7 de la Orden FOM/2861/2012: el cargador contractual responde de los datos a) a d) del art. 6 y el transportista efectivo de los e) a g). En vigor desde el 29 de marzo de 2026.
- Resolución de 5 de junio de 2026 · BOE-A-2026-12784
Fija los requisitos técnicos del DeCA: PDF nativo de hasta 5 MB, QR con URL HTTPS de descarga directa, registro de fecha y hora, conservación de un año, modificación, agrupación de envíos, copia al conductor. Sustituye a la Resolución de 22 de mayo de 2023.
- Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible · BOE-A-2025-24545
Disposición transitoria octava: el documento de control del transporte de mercancías es necesariamente digital a los diez meses de su entrada en vigor, es decir, desde el 5 de octubre de 2026.
- LOTT, arts. 141 y 143 · BOE-A-1987-17803
Tipifica como infracción grave la carencia, falta de diligenciado o falta de datos esenciales de la documentación de control (art. 141.17) y fija la multa de 401 a 600 euros (art. 143.1).
- Página oficial del Ministerio sobre el DeCA
Preguntas frecuentes oficiales: fecha, ámbito interior y cabotaje, no obligatoriedad del eCMR, ausencia de fase transitoria adicional.
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