La Resolución de 5 de junio de 2026 del DeCA, explicada apartado por apartado
Los once apartados de la Resolución que fija cómo debe ser el DeCA: aplicaciones, PDF, URL, firma, modificación, agrupación, copia al conductor, otros formatos y eFTI.
Actualizado el · Revisado por el equipo de DeCA Fast (Canigo Digital SLU) con el texto del BOE
La Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril (BOE de 12 de junio, BOE-A-2026-12784) es el texto que define cómo tiene que ser el DeCA desde el 5 de octubre. Son seis páginas de BOE y once apartados. Aquí va cada uno, con lo que significa en la práctica. El PDF oficial está alojado en esta web.
Preámbulo: tres cosas que conviene leer
Antes de los apartados, el preámbulo fija tres ideas que luego se dan por supuestas:
- Ámbito. Los documentos de control son obligatorios en los transportes interiores (origen y destino en España, artículo 65 de la LOTT). El cabotaje está incluido. Los internacionales que pasan por España usan los documentos de sus convenios (CMR).
- Fecha. La disposición transitoria octava de la Ley 9/2025 obliga a que el documento de control sea digital a los diez meses de la entrada en vigor de la ley: 5 de octubre de 2026.
- Firma. "La firma de los documentos de control administrativo no es obligatoria." Solo si el DeCA se usa también como documento contractual y se firma, la firma debe cumplir el apartado cuarto.
Primero: las aplicaciones
Cuatro exigencias a la aplicación que genera el DeCA: (1) manejar al menos los datos del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012; (2) transformarlos en fichero "en cuanto sean conocidos y siempre antes del inicio efectivo del servicio", registrando fecha y hora de creación y de modificación; (3) almacenar los ficheros en un repositorio disponible para descarga en carretera, con dominio libre y sin comunicación previa; (4) dar a cada fichero una URL única.
Lo relevante: ya no hay que notificar nada al Ministerio, no existe homologación, y la hora de creación es la prueba de que el DeCA se hizo a tiempo.
Segundo: el fichero
PDF de hasta 5 MB, con fecha y hora de creación y modificación como metadatos. Generación nativa digital desde datos estructurados: "no serán válidos los ficheros electrónicos obtenidos a partir del escaneo de un documento existente en papel o de imágenes digitalizadas". QR con la URL dentro del propio PDF (opcionalmente también como fichero aparte). Conservación de al menos un año por cargador contractual y transportista efectivo, en repositorios propios o compartidos; si lo generó uno, basta con que el otro pueda descargarlo.
Lo relevante: la foto del albarán no es un DeCA; el QR tiene que estar impreso en el documento; los dos obligados conservan (requisitos técnicos, conservación).
Tercero: la URL
Cinco reglas: https:// con TLS 1.2 o superior; construcción libre, con tokens o caducidad permitidos "garantizando en todo caso que este no expire antes de la finalización del servicio"; accesible a la inspección durante el servicio mediante descarga directa del PDF; sin credenciales, sin "botones de descargas u otros elementos que impliquen una interacción manual"; y desactivable siete días naturales después del fin del servicio.
Lo relevante: es el apartado que más herramientas incumplen, enlazando a una página con botón en lugar de al PDF.
Cuarto: la firma, si la hay
Solo cuando el DeCA se use también con finalidad contractual y se deban incluir firmas: como mínimo firma electrónica avanzada (AdES) del Reglamento eIDAS; también vale la cualificada (QES). Para el DeCA como documento de control, nada (firma electrónica).
Quinto: modificar en ruta
Dos vías: (1) modificar el mismo PDF, añadiendo los datos nuevos y el motivo, marcando los antiguos como no válidos, con la misma URL y QR; o (2) generar un PDF nuevo con nueva URL y QR, conservando el original. En ambas, "se deberá hacer llegar el PDF modificado o el nuevo PDF al conductor" (modificar el DeCA).
Sexto: agrupar envíos
Varios envíos en un DeCA si cargador contractual y transportista efectivo son los mismos en todos, identificando por envío origen, destino, naturaleza y peso (y cualquier otro dato que difiera). El orden en el documento no implica orden de ejecución (agrupar envíos).
Séptimo: la copia del conductor
Antes del inicio del servicio, el conductor recibe una copia electrónica (en el móvil) o impresa, siempre con el QR. En inspección presenta el DeCA con el QR "o en su defecto, tan sólo el código QR". Las anotaciones manuscritas en una copia impresa no se tienen en cuenta (inspección en carretera).
Octavo: otros formatos como DeCA
Se admite usar el formato de la carta de porte, el documento ADR, el DI de residuos, el SANDACH o cualquier otro documento del transporte como DeCA, siempre que lleve todos los datos del artículo 6 y que "siempre estén identificadas de forma expresa y diferenciada las figuras de cargador contractual y transportista efectivo" (DeCA y carta de porte).
Noveno: eFTI
Si los datos del artículo 6 se gestionan y presentan con el esquema del Reglamento (UE) 2020/1056 y sus reglamentos de desarrollo, no hace falta presentar el DeCA en la forma de la Resolución. Vía alternativa, no obligación (eFTI).
Décimo y undécimo: derogación y recurso
La Resolución sustituye y deja sin efecto la de 22 de mayo de 2023. Y no pone fin a la vía administrativa: cabía recurso de alzada en el plazo de un mes desde la publicación.
Qué no dice
Ni modelo oficial de PDF, ni homologación, ni idioma, ni tamaño mínimo del QR, ni obligación de app para el conductor, ni sanción (eso está en la LOTT, sanciones). Lo que no está aquí ni en la Orden, no es exigible. Todas las normas juntas, en normativa del DeCA.
Guía completa: Cómo debe ser el PDF del DeCA. Requisitos técnicos del DeCA (Resolución de 2026): PDF nativo de hasta 5 MB, metadatos de fecha, QR con URL HTTPS de descarga directa y un año de archivo.
Fuentes oficiales
Este contenido resume la normativa y no sustituye al texto oficial. Ante cualquier duda, manda el BOE.
- Resolución de 5 de junio de 2026 · BOE-A-2026-12784
Fija los requisitos técnicos del DeCA: PDF nativo de hasta 5 MB, QR con URL HTTPS de descarga directa, registro de fecha y hora, conservación de un año, modificación, agrupación de envíos, copia al conductor. Sustituye a la Resolución de 22 de mayo de 2023.
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